REGLAMENTO: CIVICA
ART: 22 APT: 1 OPC: -
PTOS: - SANC: 0.00 REDC: 0.00
HECHO: De 60 a 300 € Queda prohibida la instalación de antenas o elementos o artefactos similares en las fachadas, terrazas o tendederos de los inmuebles que sean visibles desde la vía o espacio públicos, salvo autorización municipal.
NOTA:
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