Detalle articulado

REGLAMENTO: CIVICA

ART: 42 APT: 2 OPC: -

PTOS: - SANC: 0.00 REDC: 0.00

HECHO: Grave de 1.000,01 a 3.000 euros. Queda prohibido mantener relaciones sexuales mediante retribución o sin ella en el espacio definido en el artículo 4 de la Ordenanza; entendiendo a estos efectos relaciones sexuales el acceso carnal en los términos definidos en el artículo 179 del Código penal.

NOTA:

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