Detalle articulado

REGLAMENTO: RGCIR

ART: 21 APT: 1 OPC: 5F

PTOS: 6 SANC: 1000.00 REDC: 500.00

HECHO: No someterse a las pruebas de detección de alcohol, habiendo sido requerido para ello por los Agentes encargados de la vigilancia del tráfico (cuando se conduzcan vehículos a motor o ciclomotores debe tenerse en cuenta el delito tipificado por el art. 383 del CP).

NOTA:

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