REGLAMENTO: OCRG
ART: 130 APT: V OPC: -
PTOS: - SANC: 0.00 REDC: 0.00
HECHO: Utilización de las playas en contra de lo dispuesto en el Artículo 97.2.d de estas Ordenanzas. Las zonas de playa ocupadas por hamacas y mesas con sillas, estén acotadas o no, deberán tener colocadas las papeleras previstas en su autorización de uso, debiendo tener los responsables de la explotación la zona limpia tanto en el transcurso de la jornada como a la finalización de la misma..
NOTA:
Volver