REGLAMENTO: OCRG
ART: 130 APT: W OPC: -
PTOS: - SANC: 0.00 REDC: 0.00
HECHO: El incumplimiento de las condiciones de limpieza de los espacios públicos sujetos a concesión establecidas en el Artículo 98.1 de estas Ordenanzas. 98.1.- Los responsables de actividades que se efectúen en la vía pública sujetas a concesión o cualquier otra autorización administrativa de uso, estarán obligados a la instalación de cuantas papeleras se determinen en la autorización de uso, La limpieza y evacuación de las papeleras correrán por cuenta de los responsables.
NOTA:
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