Detalle articulado

REGLAMENTO: RGCIR

ART: 29 APT: 1 OPC: 5C

PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00

HECHO: Circular por una vía de doble sentido de circulación sin arrimarse lo más cerca posible al borde derecho de la calzada para mantener la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad.

NOTA:

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