REGLAMENTO: RGCIR
ART: 38 APT: 4 OPC: 5A
PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Circular por travesía, vía interurbana, autopista o autovía que transcurren dentro de poblado, así como en túneles urbanos, con un vehículo de movilidad personal (deberá concretarse el hecho denunciado).
NOTA:
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