REGLAMENTO: RGCIR
ART: 71 APT: 1 OPC: 5C
PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Circular con un vehículo especial realizando las tareas para las que está destinado en función de sus características técnicas, fuera de la zona donde llevan a cabo dichos trabajos.
NOTA:
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