REGLAMENTO: RGCIR
ART: 75 APT: 1 OPC: 5B
PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Efectuar la maniobra de cambio de dirección sin colocar el vehículo en el lugar adecuado, con la necesaria antelación y en el menor espacio y tiempo posible (concretar el hecho conforme a los comentarios siguientes).
NOTA:
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