Detalle articulado

REGLAMENTO: RGCIR

ART: 87 APT: 1-C OPC: 5G

PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00

HECHO: Adelantar en una intersección o sus proximidades (cuando no concurran las excepciones que lo permiten. Ver cuadro de comentarios).

NOTA:

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