Detalle articulado

REGLAMENTO: RGCIR

ART: 90 APT: 2 OPC: 5B

PTOS: 0 SANC: 80.00 REDC: 40.00

HECHO: Parar el vehículo indicado en el borde izquierdo de la calzada, en relación con el sentido de su marcha, en vía urbana de doble sentido.

NOTA:

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