REGLAMENTO: RGCIR
ART: 4 APT: 2 OPC: 5B
PTOS: 0 SANC: 80.00 REDC: 40.00
HECHO: Depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento (deberá indicarse el objeto o materia que causa el entorpecimiento).
NOTA:
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