Detalle articulado

REGLAMENTO: RGCIR

ART: 103 APT: - OPC: 5B

PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00

HECHO: No llevar iluminadas las placas o distintivos de que está dotado el vehículo siendo obligatoria la utilización del alumbrado (deberá concretarse las placas o distintivos reglamentarios no iluminados).

NOTA:

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