Detalle articulado

REGLAMENTO: RGCIR

ART: 104 APT: - OPC: 5A

PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00

HECHO: Circular durante el día con una motocicleta sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o cruce (se podrá sustituir por la luz de circulación diurna en condiciones normales).

NOTA:

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