Detalle articulado

REGLAMENTO: RGCIR

ART: 106 APT: 2 OPC: 5A

PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00

HECHO: No utilizar la luz delantera de niebla o la de corto alcance existiendo condiciones que disminuyen sensiblemente la visibilidad (deberán indicarse las condiciones existentes).

NOTA:

Volver