REGLAMENTO: RGCIR
ART: 129 APT: 2 OPC: 51
PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Estar implicado en un accidente de tráfico con daños materiales y no proporcionar su identidad a los afectados que no estuvieran presentes.
NOTA: