REGLAMENTO: RGCIR
ART: 9 APT: 1 OPC: 5B
PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Conducir un vehículo ocupado por un número de personas que exceda en un 50% del número de plazas autorizadas, excluido el conductor (deberá indicarse el número de personas transportadas y las plazas autorizadas. No es aplicable a las lineas de autobuses urbanos ni interurbanos).(1)
NOTA:
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