REGLAMENTO: RGCIR
ART: 41 APT: 1 OPC: 5H
PTOS: 6 SANC: 500.00 REDC: 250.00
HECHO: Circular en sentido contrario al estipulado en una calzada en la que la autoridad competente de la regulación del tráfico haya habilitado carriles para su utilización en sentido contrario al habitual.
NOTA:
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