REGLAMENTO: RGCir
ART: 88 APT: 1 OPC: 5C
PTOS: 0 SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Adelantar al conductor del vehículo, peatón o animal reseñado a continuación, en un tramo de vía en el que está prohibido adelantar, sin cerciorarse de poder realizar la maniobra sin peligro, creando una situación de riesgo por la velocidad a la que circulan.
NOTA:
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