REGLAMENTO: RGCIR
ART: 170 APT: - OPC: 5A
PTOS: - SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Circular por un carril o zona reservada para determinados vehiculos señalizada como tal (deberá indicarse la marca vial que lo indica y los vehículos para los que está reservado. Véase el cuadro de comentarios). *
NOTA:
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