REGLAMENTO: RGCON
ART: 5 APT: 4 OPC: 5A
PTOS: - SANC: 200.00 REDC: 100.00
HECHO: Conducir el vehículo reseñado no habiendo superado la formación específica establecida reglamentariamente (deberá especificarse la potencia y la relación potencia/peso de la motocicleta).
NOTA:
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